
El paquete de medidas incluye la creación de un nuevo fuero judicial para consumidores y un observatorio de precios. A pesar de la resistencia que las principales organizaciones empresariales de la industria y el rurales, que hicieron lobby sobre todo el arco parlamentario opositor para que sus posiciones dominantes en el mercado no estén sujetas a los controles del Estado, el oficialismo convirtió en ley la “nueva regulación de las relaciones de producción y consumo”, que actualiza las penas previstas en la Ley de Abastecimiento sancionada en 1974, con el objetivo de atender la cuestión de los precios, que incluye la inflación y ciertos abusos sobre los consumidores. El proyecto del Ejecutivo cosechó 130 votos a favor, 105 en contra y 5 abstenciones.
Por Ángel Lisboa // Jueves 18 de septiembre de 2014 | 10:40
La batería de propuestas por el Ejecutivo incluye la creación de un Observatorio de precios que se encargará del monitoreo, relevamiento y sistematización de los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en el país. Aquí, a pesar de los cuestionamientos, el proyecto también convertido en ley sumó 136 adhesiones y 104 votos en contra.
Tampoco faltaron los cuestionamientos opositores sobre el articulado que crea un nuevo fuero judicial para que los consumidores y usuarios puedan litigar frente a los “abusos” de fabricantes y comercializadores de distintos productos.
Sin embargo, la creación de un ámbito judicial para dirimir estos conflictos fue acompañado “en general” por distintas bancadas de la oposición. Esta medida fue acompañada por 202 diputados frente a solo 36 que la rechazaron.
Abastecimiento
La “Nueva regulación de las relaciones de producción y consumo”, actualiza las penas previstas en la Ley de Abastecimiento de 1974, que establece márgenes de utilidad para los empresarios y precios de referencia para los productos en todas las etapas de su cadena de producción y comercialización, además de su relación con la inflación y ciertos abusos sobre los consumidores.
Establece sanciones a quienes remarquen artificial o injustificadamente los precios de una forma que no sea proporcional a los aumentos de los costos; o a quienes acaparen mercadería, se nieguen a la venta de productos, afecten el normal abastecimiento de una mercadería, o no entreguen facturas.
Las multas para quienes no cumplan con la ley podrían llegar a los 10 millones de pesos, así como dictar la clausura por 90 días o la inhabilitación por dos años, con autorización judicial previa. De esta legislación quedan excluidas las micro, pequeñas y medianas empresas de esta nueva regulación, “siempre que no detecten posición dominante”.
Observatorio
Par esto, el paquete de medidas crea un Observatorio de precios, que se encargará del monitoreo, relevamiento y sistematización de los precios y la disponibilidad de insumos, bienes y servicios que son producidos, comercializados y prestados en Argentina. El nuevo organismo podrá requerir toda documentación relativa al giro comercial de la empresa o agente económico; e informes a organismos públicos o privados.
Fuero judicial para consumidores
Otros de los proyectos transformados en ley por la Cámara de Diputados es la creación en el ámbito del Poder Judicial el servicio de Conciliación Previa en las Relaciones de Consumo (COPREC), donde los usuarios y consumidores podrán presentar sus reclamos de forma gratuita, y éstos deberían ser solucionados en un plazo de 30 días. Las empresas que no se presenten a esa conciliación quedarán sujetas a multas.
En caso de no arribar a un acuerdo, se podrá accionar ante la Auditoría de Relaciones de Consumo, primero, y la Cámara Federal y Nacional de Apelaciones en las Relaciones de Consumo o ante la Cámara Federal de Apelaciones correspondiente.
En esos dos ámbitos, las audiencias serán públicas y orales, y el auditor o juez resolverá el caso en ese mismo momento. La decisión del auditor podrá apelarse en la instancia siguiente. En la Cámara de Apelaciones, todo el proceso no podrá durar más de 60 días.