PRODUCCIÓN NACIONAL

Quedó reglamentada la ley de doblajes

La reglamentación de la Ley de Doblaje de 1986, que impone el doblaje de las películas extranjeras en la Argentina deberán ser realizados por actores y locutores locales se publicó hoy en el Boletín Oficial.

Quedó reglamentada la ley de doblajes

Miercoles 17 de julio de 2013 | 13:16

La puesta en vigencia de esta ley presentada en 1986, fue anunciada anoche por la presidenta, Cristina Fernández, durante la reinauguración del Cine Gaumont-Espacio Incaa Km. 0.

 

La normativa indica que desde ahora tanto películas como videos que se pongan en pantalla, así como las series originalmente no habladas en español y destinadas a su pase por TV, deberán ser dobladas por actores y locutores argentinos.

 

El artículo 1° de la reglamentación de la norma 23.316, establece que "la programación que sea emitida a través de los servicios de radiodifusión televisiva contemplados por la Ley Nº 26.522, incluyendo los avisos publicitarios y los avances de programas, debe estar expresada, en el idioma oficial o en los idiomas de los Pueblos Originarios".

 

También en materia teatral se establecerá equiparar a traductores y adaptadores argentinos con montos similares a los derechos de las obras extranjeras que tuviesen a su cargo, una apuesta fuerte también destinada al respaldo a los traductores y escritores argentinos que se dedican a esas tareas.

 

En el articulado publicado hoy en el Boletín Oficial, se establece "la obligatoriedad de la inscripción en el Registro de `Empresas Importadoras Distribuidoras de Programas Envasados para Televisión y de Estudios y Laboratorios de Doblaje`, en la órbita del Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA)".

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