PROYECTO

La necesidad de crear una Ley Anti Fake News

En una entrevista con Mauro Brissio hablamos sobre el por qué debe sancionarse la Ley Anti Fake News, su importancia para la sociedad y la necesidad de crear herramientas pertinentes para defender el derecho de ser bien informado.

La necesidad de crear una Ley Anti Fake News

Redacción EnOrsai // Miercoles 13 de julio de 2022 | 09:10

Mauro Brisso es Magíster en Comunicación por la UNLaM, especialista en Fake News e impulsor de la Ley #AntiFakeNews, en una entrevista para EnOrsai nos explicó que "la pandemia demostró la necesidad de que la ciudadanía pueda acceder a información veraz. En este sentido volver a la cuestión del derecho a la información tiene que ver con la particularidad de comprender que la libertad de expresión conlleva en sí misma el derecho a expresarse pero también el derecho a ser informado. Así lo establece la doctrina y jurisprudencia tanto europea como latinoamericana."

Agregó que "ya hace dos años que la sociedad no solo se encuentra luchando contra el COVID-19, sino también, contra la difusión de noticias falsas más grande que se tenga recuerdo como consecuencia de la infodemia, la epidemia informativa de la pandemia. De hecho, la Organización Mundial de la Salud (OMS) advirtió que además de la amenaza que representa la pandemia del coronavirus, también se encuentra otra que se expande con la misma velocidad exponencial que el virus pero que no es percibida como tal: la infodemia."

"La infodemia, va desde la sobreabundancia de información con la que convive a diario el ciudadano que es bombardeado por miles de noticias ?dificultando encontrar fuentes y medios fiables? hasta la difusión de noticias falsas que son promovidas por intereses económicos y/o políticos que buscan ejercer poder de daño a una persona o actor de la sociedad. Todo esto ha generado una transición y un cambio de paradigma, pasando de la intoxicación informativa individual (infoxicación) a la epidemia informativa colectiva (infodemia), es decir, que ya no solo un individuo se encuentra incapacitado para discernir entre la cantidad y calidad de de la información como consecuencia de la avalancha mediática a la que se encuentra sometido, sino que también, ahora toda la comunidad en la que se encuentra inmerso éste, es víctima de la enfermedad digital."

Por tal motivo nos señaló que "se plantea la necesidad de crear una Ley Anti Fake News, con la conformación de un consejo del que participarán las fuerzas del congreso, organizaciones de la sociedad civil, medios de comunicación y universidades que permitan la revisión de la información difundida, protegiendo las dos dimensiones planteadas en el artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica, que garantiza el derecho de expresión de todas las personas y que exige la veracidad de la información recibida."

 

 

FUNDAMENTACIÓN TEÓRICA

Una de las contribuciones más destacadas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de interpretación del derecho a la libertad de expresión establecido en la Convención Interamericana de Derechos Humanos fue la Opinión Consultiva 5 de 1985 sobre la colegiación obligatoria de periodistas. Allí se manifestó aclarando que lo señalado en el artículo 13 establece que “ literalmente que quienes están bajo la protección de la Convención tienen no sólo el derecho y la libertad de expresar su propio pensamiento, sino también el derecho y la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole. Por tanto, cuando se restringe ilegalmente la libertad de expresión de un individuo, no sólo es el derecho de ese individuo el que está siendo violado, sino también el derecho de todos a "recibir" informaciones e ideas, de donde resulta que el derecho protegido por el artículo 13 tiene un alcance y un carácter especiales”, poniéndose así de manifiesto la dimensión individual y colectiva del derecho a la información.

En su dimensión individual, la libertad de expresión no se termina en el reconocimiento teórico del derecho a hablar o escribir, sino que plantea el uso de cualquier medio para difundir el pensamiento.

 

 

Por otro lado, en su dimensión social la libertad de expresión es un derecho que garantiza el intercambio de ideas, informaciones, expresiones y pensamientos entre las personas Implica el derecho de conocer todas las realidades y representaciones del mundo así como el derecho de comunicar opiniones Tanto la dimensión individual como la social deben ser garantizadas al mismo tiempo. No sería correcto eliminar las informaciones falsas con el criterio de exigir la veracidad y conformando un régimen de censura, como tampoco sería correcto —según lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la opinión consultiva OC-5/85 sobre la colegiación obligatoria de periodistas— que se formen monopolios que construyan noticias que solo dañan lo establecido en el dicho artículo 13.

A partir de los lineamientos antes esbozados, nos preguntamos: ¿la función de los Estados consiste sólo en garantizar el derecho establecido en el artículo 13 evitando que se generen mecanismos de censura o, por lo contrario, tiene que proteger la información para que ésta no atente contra la democracia?

Por ello, la función del Estado entonces no es la de restringir el derecho a la expresión, sino la de proteger a la ciudadanía, para que tenga la posibilidad de que se contraste de forma objetiva las noticias que han sido recibidas.

Cuando la UNESCO se manifiesta preocupada por los problemas de la sustentabilidad de los medios, se refiere al rol que deben tener los actuales Estados garantizando las instancias de pluralismo y diversidad a la que se hacemos, impactando de lleno con el acceso a los contenidos informativos, pero también, haciendo frente a epidemia informativa a la que se refiere con tanto temor la Organización Mundial de la Salud.

Es así que es menester sancionar una ley Anti Fake News con sectores del ejecutivo y de la sociedad para que se garantice el cumplimiento de las dos dimensiones de nuestro derecho a la libertad de pensamiento y expresión, para que den su testimonio y su compromiso en la construcción de un futuro en común que proteja los pilares de la democracia.

 

PROYECTO ANTI FAKE NEWS

Con el objetivo de preservar el valor de la verdad en las noticias difundidas por los medios de difusión , de reconocer la dimensión social del derecho a la libertad de pensamiento y expresión del artículo 13 del Pacto de San José de Costa Rica, de garantizar el Derecho a la información adecuada y veraz consagrado en el artículo 42 de la Constitución Nacional y denunciar los discursos de odio, se establece:

1) La creación de un Consejo integrado por profesionales de distintas áreas, que analizará objetivamente las datos difundidos y los contrastará con fuentes oficiales, datos científicos e investigaciones universitarias para conocer la veracidad de la información.

2) Una vez verificada e identificada una noticia como falsa se la informa al medio de difusión para que por los mismos dispositivos utilizados para instalar la mentira, se informe que era una fake news. Si es visual o radial, con la misma cantidad de tiempo y horario. Si es escrito, en la misma posición y tamaño. Además, deberán dedicar el mismo tiempo y espacio que usaron para difundirla para informar sobre qué es una fake news, cuál es su sentido y qué hay detrás de ellas.

3) El tiempo que dispondrán los responsables de la divulgación de las mentiras para aclarar el tratamiento falso de un tema en particular será de 24 horas. Pasado el mismo, se iniciarán acciones penales.

 

 

4) En caso de reincidir en la difusión de noticias falsas y que ya no se trate de un error involuntario o falta de chequeo (false news), se aplicará un esquema de sanciones que va desde la quita proresiva y automático de la pauta oficial.

5) Las multas económicas serán proporcionales a los ingresos del medio (publicidad, ventas, suscripciones). El dinero recaudado será para financiar las campañas por parte del Estado destinadas a capacitar a la ciudadanía para combatir las fake news.

6) Las multas recaerán tanto sobre el medio, los periodistas, los productores y los influencers que la viralicen en redes sociales.

7) De esta lógica no se escapan las llamadas “editoriales o discursos de odio” porque los discursos de odio no son opiniones.

8) Sistema semáforo de colores donde se le avise al consumidor de las noticias el nivel de credibilidad que tiene el medio de difusión.

 

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