JUSTICIA A LA CARTA

Un fallo judicial permite que una tabacalera con capitales británicos no pague impuestos

Un juzgado de Buenos Aires dio lugar a un recurso de la Tabacalera Sarandí para no pagar el impuesto mínimo, gravamen que permite recaudar fondos para el tabaco.

Un fallo judicial permite que una tabacalera con capitales británicos no pague impuestos

ECONOMIS // Lunes 13 de junio de 2022 | 13:07

Un nuevo fallo de la Justicia Federal permite a la Tabacalera Sarandí SA quedar exenta de ser alcanzada por la Ley del Impuesto Mínimo, desoyendo incluso un fallo de la Corte Suprema de mayo de 2021, lo que pone en riesgo la sustentabilidad del Fondo Especial del Tabaco, que se nutre con la recaudación tributaria.

El juez federal Enrique Lavie Pico dictaminó la inconstitucionalidad del impuesto interno mínimo, que rige para la venta de cigarrillos. Esto habilitaría a toda la industria tabacalera a evitar el pago del mínimo de 151 pesos por paquete, accionar que afectará fuertemente la recaudación nacional y provincial proveniente de los impuestos al tabaco como también los recursos del Fondo Especial del Tabaco (FET).

 

 

De todos modos, el fallo puede ser apelado y va en contra de los dictados de la propia Corte Suprema, que el año pasado revocó una medida cautelar que beneficiaba a Tabacalera Sarandí y la obligó así a pagar un impuesto que no pagaba desde 2016. De este modo, la empresa bonaerense creció amparada por fallos que la eximían del llamado impuesto interno mínimo a los cigarrillos, lo que le permitió vender muy por debajo de los precios de sus competidores y pasar así de tener el 5% del mercado a alcanzar casi un cuarto de participación en las ventas. Todo ese proceso fue además en detrimento de los productores tabacaleros.

Tabacalera Sarandí, que tiene un joint venture con la británica Imperial Brands, produce y comercializa en la Argentina las marcas de cigarrillos Red Point, West y Nevada, entre otras, dentro de lo que el mercado llama segmento de precios ultra bajos. Red Point es su marca fuerte, con la que ganó una participación en el mercado que ya la posiciona con el 20% del share, superando a British American Tobacco (BAT) y solo debajo de Philip Morris – Massalin Particulares.

El impuesto interno a los cigarrillos es, de los cinco impuestos que pesan sobre el producto, el que más impacta, con una alícuota del 70%. Sin embargo, ese impuesto no puede ser menor a un monto fijo que se actualiza cuatro veces por año por inflación.

Lo curioso es que la historia comenzó cuando Tabacalera Sarandí presentó una cautelar para dejar de pagar el impuesto interno mínimo. Inicialmente, el juez en lo Contencioso Administrativo Federal, Enrique Lavié Pico rechazó la medida cautelar. Ahora le dio luz verde.

La empresa estableció una telaraña de recursos judiciales para evitar el impuesto que -se estima- afectó la recaudación del Estado nacional por 1.650 millones de dólares en los últimos siete años y que, en 2022, la pérdida de recursos alcanzaría los 580 millones de dólares.

En mayo de 2021, la Corte Suprema falló a favor de AFIP y en contra de Tabacalera Sarandí, dejando sin efecto la medida cautelar y generando precedente en las causas de las demás empresas.

Sin embargo, ninguna de estas compañías, entre las que se encuentra Tabes, pagó el impuesto mínimo obligatorio desde ese entonces. Para profundizar el conflicto, desde principios de 2022 Tabes, Bronway y otras empresas evasoras fueron solicitando a jueces nuevas cautelares para continuar eludiendo los impuestos reglamentarios.

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