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a residentes y trabajadores

La Justicia ordena a Larreta a realizar testeos en todos los geriátricos privados porteños

La justicia hizo lugar parcialmente a un amparo promovido por un hogar geriátrico y dispuso que los testeos ahora sean mediante reactivo PCR sobre los trabajadores, con frecuencia semanal, y extenderlo a los residentes.

La Justicia ordena a Larreta a realizar testeos en todos los geriátricos privados porteños

Jueves 23 de julio de 2020 | 17:09

(Por Walter Onorato) Con fecha del 22 de julio el titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario n.° 10, Aurelio Ammirato, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que “emprenda una campaña de testeo preventivo dirigida al conjunto de las personas hospedadas en todos los establecimientos geriátricos privados situados en la ciudad, y a todos los trabajadores que allí se desempeñan, la cual deberá ser llevada a cabo con frecuencia semanal y mediante reactivo PCR, mientras persista la circulación comunitaria del virus y, por tanto, el riesgo de contagio”.

La resolución se encuentra enmarcada en la causa «Geri SA contra GCBA sobre Amparo – Salud – Medicamentos y Tratamientos» donde el magistrado indicó que «debe tener por objeto la tutela de un bien colectivo, de carácter indivisible, pero en ningún caso existe un derecho de apropiación individual sobre el bien, ya que no se hallan en juego derechos subjetivos, dado que estos bienes no pertenecen a la esfera jurídica individual sino social y no son divisibles en modo alguno. La pretensión debe estar focalizada en la incidencia colectiva del derecho, y al cabo del proceso se obtiene una decisión cuyos efectos repercuten sobre el objeto de la causa petendi, pero no hay beneficio directo para el individuo que ostenta la legitimación».

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«La protección de tales derechos es instada en el contexto de una crisis sanitaria y se enfoca en la adopción de medidas tendientes a evitar o disminuir la propagación de una pandemia en curso», agregó el juez de la causa.

En el escrito el juez destacó en su argumento que «el objeto procesal del caso no concierne únicamente a la comunidad de cada establecimiento, o a las de todos ellos en su conjunto, sino que trasciende a toda la sociedad dado que la salud pública es un bien indivisible, y en el éxito de las medidas adoptadas se juega finalmente, en mayor o menor medida, el de toda la colectividad». «Por tanto, las soluciones no pueden ser individuales. Tampoco grupales o sectoriales, sino que necesariamente deben partir del enfoque de la totalidad, ya que todos estamos juntos en esto (solidaridad en términos de interdependencia de los derechos). Sin perjuicio de ello, es obvio que la efectividad de los dispositivos ideados depende de su adaptación a las particularidades de las distintas realidades (situaciones, grupos y ámbitos) a los cuales deben ser concretamente aplicados», completó.

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De esta manera el juez de la causa explicó que «los protocolos vigentes prevén medidas estrictas y efectivas, pero resultan insuficientes (dado que los testeos, que actualmente comprenden únicamente al personal, deben alcanzar también a los residentes) y, además, es preciso aplicar otra metodología diagnóstica para potenciar su eficacia preventiva, ponderando a este efecto las particulares características de este entorno específico». «Por ello, en lugar de emplear las pruebas serológicas (test rápidos, reservados sobre todo a la investigación epidemiológica o el diagnóstico en poblaciones abiertas y grandes comunidades) debe aplicarse reactivo PCR, de mayor efectividad diagnóstica en este preciso contexto», especificó.

Y advirtió que «de la misma descripción del procedimiento de screening que actualmente está llevando a cabo el gobierno, se desprende que el ‘…resultado negativo de una prueba serológica no descarta la presencia de infección por COVID-19 así como un resultado positivo no necesariamente implica una infección activa'». «Esta limitación, que la propia demandada admite, corrobora la opinión vertida en el dictamen pericial acerca de la insuficiencia del método utilizado», completó.

Así, el juez Aurelio Ammirato ordenó que el GCBA continue con el testeo que «ya está realizando sobre los trabajadores, con frecuencia semanal, y extenderlo a los residentes. Pero deberá modificar la metodología diagnóstica, y aplicar a partir de ahora reactivo PCR«. «Esta prestación no es exigible a los geriátricos, dado que no está entre sus obligaciones legales, en tanto que indudablemente es deber del Estado proveer a la salud pública, e implementar para ello todos los dispositivos y recursos a su alcance para proteger a la población y enfrentar este flagelo que azota a la sociedad. Las obras sociales y empresas de medicina prepaga no han sido parte en este juicio, por ello no fueron oídas y, consecuentemente, el respeto del derecho de defensa en juicio y la garantía del debido proceso (…) impiden condena alguna contra esos sujetos», concluyó.-

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