lo retó feo

Durísimo revés de la justicia porteña para Larreta quien recibió una reprimenda como nunca lo habían hecho

La Justicia obliga a Larreta a terminar con las obras de un hospital en Villa Lugano. Debemos recordar que la acción judicial fue iniciada por la Comisión de Vecinos Lugano en Marcha.

Durísimo revés de la justicia porteña para Larreta quien recibió una reprimenda como nunca lo habían hecho

Domingo 07 de junio de 2020 | 08:38

(Por Walter Onerato) La jueza en lo Contencioso Administrativo y Tributario Elena Liberatori expresó al Jefe de Gobierno con un ejemplar escrito donde rechazó el pedido del GCBA para suspender la construcción del hospital de Villa Lugano e intimó al GCBA y al Ministerio de Salud a aportar la información requerida en el término de cinco (5) días hábiles bajo apercibimiento.

La pretensión de suspender la construcción del Hospital con un “deleznable argumento para fundar la petición de guardar el expediente"

El GCBA quien se encontraba construyendo un hospital en Lugano se presentó ante la justicia solicitando que se suspendan los plazos procesales, o lo que es lo mismo, se posponga la continuación hasta pasadas las circunstancias en relación a la pandemia que en estos momentos afecta a nuestro país y a la Ciudad de Buenos Aires.

El pedido de guardar el expediente lo realiza la administración de Larreta fundándose en normas nacionales y de la OMS atinentes al Coronavirus y al modo de continuar o suspender actividades diciendo de modo textual que “ello a fin de poder proteger la salud pública de todos los habitantes de esta Nación” y “… a los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus)”. Increíble pero real el argumento del gobierno porteño es hacernos creer que el no continuar la construcción del hospital es para evitar la propagación de la pandemia.

La jueza en su escrito observa con cierta ironía que, “hasta aquí uno se pregunta de acuerdo a lo expresado por el GCBA si acaso este expediente trata de un edificio de viviendas, comercial, un shopping, un hotel menos precisamente de un establecimiento hospitalario que, en la hora, y de acuerdo al sentido común, debería llevar a pensar que el GCBA adoptaría en este expediente, una actitud diametralmente opuesta a pretender suspenderlo, y en todo caso, a asumir una actitud coherente con las preocupaciones exhibidas.”

La excusa que le da el gobierno de CABA a la jueza fue que “en este contexto que el personal del Ministerio de Salud se encuentra abocado a combatir la pandemia, prestando tareas las 24 horas de los siete días de la semana con dicho objetivo” agregando, a modo de advertencia a la jueza que “… en esta instancia, quitar personal de dicha tarea esencial en un contexto de emergencia sin precedentes se considera contraproducente, dado el tiempo que insume producir la información requerida. Sobre todo, teniendo en cuenta que la prestación del servicio de salud del Centro de Salud “Cecilia Grierson” se encuentra garantizado”.

Lo anterior mereció una tajante respuestas de la jueza quien se dirige taxativamente, “o sea, se nos achaca estar quitando personal del Ministerio como si las respuestas requeridas lo fueran a médicos, enfermeros, camilleros, personal de limpieza hospitalario y de Centros de Salud.” Agregando, “acaso el Ministerio de Salud no tiene profesionales abogados, o personal administrativo que siguen con las restantes tareas de funcionamiento del mismo para que precisamente médicos y personal afectado a la lucha contra el COVID-19 pueda desarrollar su trabajo y percibir sus sueldos?”

La jueza ofuscada por el razonamientos del gobierno porteño expresó que “la advertencia que el GCBA me formula acerca de estar distrayendo sus recursos humanos en la lucha contra el COVID-19 adquiere así ribetes de temeridad por cuanto semejante argumento también permitiría postular que se suspenda toda actividad judicial, la que como se sabe, aún en el marco de la pandemia, debe continuar por su esencialidad.”

“También se pretende que acepte como fundamento de la petición de suspender y guardar para mejores tiempos este expediente, el hecho no acreditado de que “… la prestación del servicio de salud del Centro de Salud “Cecilia Grierson” se encuentra garantizado”. A lo que Elena Liberatori, jueza de la causa, responde que “esa afirmación dogmática la torna en deleznable argumento para fundar la petición de guardar el expediente.”

Ante esto la jueza expresa que se “torna en evidente el hecho de que estamos ante un artilugio procesal para solapar que el GCBA no tendría las precisiones que se le solicitan" y sostiene la jueza en su escrito que de la propia contestación del GCBA “surge claramente que la prestación del servicio de salud en el Centro de Salud Cecilia Grierson no se encuentra garantizado.”

La jueza Elena Liberatori hace referencia a que el pedido del GCBA de guardar el expediente o como se dice vulgarmente “cajonearlo” es claramente con la intención de eludir responder las preguntas de la parte actora. “Como se aprecia, las respuestas a eludir por parte del GCBA.

Un servicio de salud que Larreta afirma que se halla “garantizado” pero cuando la jueza le pregunta al gobierno de Larreta cómo, “si faltan obras, equipos técnicos, médicos, enfermeros, insumos, protocolos o planes médicos, etc. etc., nos achaca detraer personas para responder y demuestra que no quiere más inquisiciones para lo cual solicita se guarde el expediente,” explica el documento.

Con mucha lógica Liberatori expresa que "si el servicio estuviese “garantizado” todo eso que se pregunta tendría que haber sustentado esa afirmación en la primera respuesta que se hizo al tribunal", agregando que “de lo cual deduzco que las primeras respuestas generales solo cumplen formalmente la requisitoria pero en ningún momento van a lo sustancial, o sea que, para que el Grierson sea un hospital que además pueda ser incluido para afrontar el COVID-19 como dijo el GCBA en la primera respuesta al tribunal, hacen falta las precisiones que ahora se le solicitaron.“

Por otra parte, tal como lo dice la jueza “El GCBA parece desconocer que el objeto de autos trata de lograr la construcción del Hospital General de Agudos en la Comuna 8. Obligación que el GCBA incumple desde 1987 y por la que ha sido condenado judicialmente en 2005 mediante sentencia que se encuentra firme e incumplida”

La distinta vara de Larreta para apreciar el factor tiempo y su "insensibilidad y el desprecio a la comunidad de Lugano"

La doctora Elena Liberatori es conceptualmente severa ante las dilaciones  de Horacio Rodríguez Larreta al señalar que prácticamente mantienen una doble moral. Cuando la justicia les requiere "informes para ver cuándo estará integralmente en servicio como hospital" desde el Gobierno porteño le responden que "se detraen recursos humanos." "Pero que el hospital esté pendiente desde el 2005 no es tiempo valioso, total se trata de la comunidad de Lugano la que pacienta."

Y continúa la doctora recordando que “cabe poner de resalto que en autos se tramita la ejecución de una sentencia que ordena la construcción del Hospital." Poniendo énfasis en que dicha construcción "hoy, más que nunca, es indispensable concluir aceleradamente. Todo lo contrario, a lo que hace el GCBA según se desprende de su propia contestación.” Por este motivo," al tratarse en este expediente de la construcción y funcionamiento de un hospital en Lugano, es indispensable acelerar los pasos a tales fines y no poner a dormir el expediente como pretende ahora el GCBA."

La pretensión gubernamental de suspender los plazos de este expediente de ejecución de sentencia firme que ordenara la construcción del hospital exhibe un grado insensibilidad y de desprecio hacia la comunidad de Lugano de tal magnitud que hubiese sido acorde un rechazo in limine.” Continúa el texto diciendo que no incurrió en “esa tentación justificada dada la importancia que asignó al hecho de que haya un hospital en Lugano que se sume prontamente a los recursos con que la Ciudad enfrenta al COVID-19."

Luego la doctora fundamenta haciendo referencia a lo que expresa en la materia las normas nacionales e internacionales como La Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José San José, Costa Rica) y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 10 de abril de 2020 emite la Resolución 1/2020

El gobierno porteño debe prestar atención en particular a "quienes viven en la pobreza

La jueza en su escrito se refirió a lo que considera "el contexto crítico en que se encuentra la Ciudad de Buenos Aires en relación a la escalada exponencial de contagios de COVID-19, y de casos positivos admitida por el Ministro de Salud de la CABA, Dr. Fernan Quirós, quien de acuerdo a sus manifestaciones, la cantidad de enfermos va a aumentar día a día, encontrándonos a la fecha en la “base de la montaña empezando a subir la ladera”, agregando "que en las últimas semanas se detectó un importante aumento de casos en los Barrios Vulnerados, en particular, Padre Mugica y Padre Ricciardelli".

Recuerda la jueza que "en virtud de las pautas establecidas por la CIDH, resulta imperioso que, el GCBA ponga todas sus energías y medios para acondicionar el sistema de salud con el fin de poder dar asistencia a toda persona que lo requiera." Señalando al gobierno porteño que deben prestar atención en particular a "quienes viven en la pobreza y para quienes no tienen cobertura médica, en caso de que necesiten atención médica u hospitalización, y tal es el caso de gran parte de la población que vive en las cercanías al Hospital de Lugano.”

Por ese motivo señaló enfáticamente en su escrito que "No se entiende entonces el temperamento insólito del GCBA, en cuanto viene precisamente ahora a solicitar la suspensión de la ejecución de una sentencia que trata justamente de la puesta en marcha de un hospital, cuando precisamente es parte de su obligación prioritaria y esencial en este momento."

La jueza también les recuerda al gobierno de la ciudad que es parte de su obligación "la provisión de servicios de atención de la salud oportuna y apropiada, así como los elementos esenciales e interrelacionados de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad de los servicios, bienes e instalaciones de salud, en condiciones de igualdad y no discriminación."

El Derecho a la Salud debe ser garantizado por el GCBA

La jueza recuerda a Horacio Rodríguez Larreta que “el Derecho a la Salud también se encuentra garantizado cuando en el artículo 20 y ss. de la Carta Magna de la CABA donde se señala que “Se garantiza el derecho a la salud integral que está directamente vinculada con la satisfacción de necesidades de alimentación, vivienda, trabajo, educación, vestido, cultura y ambiente.”

El gasto público en salud es una inversión social prioritaria. Se aseguran a través del área estatal de salud, las acciones colectivas e individuales de promoción, protección, prevención, atención y rehabilitación, gratuitas, con criterio de accesibilidad, equidad, integralidad, solidaridad, universalidad y oportunidad.

Se entiende por gratuidad en el área estatal que las personas quedan eximidas de cualquier forma de pago directo. Pol lo cual, escribe la jueza, “No cabe entonces ninguna duda: el Derecho a la Salud debe ser garantizado por el GCBA, y en orden a lo allí dispuesto, y en el contexto particular de pandemia que golpea nuestro planeta, de ninguna manera puede concebirse la concesión de una suspensión de plazos para la ejecución de un hospital, ya que ello implicaría pasar por alto todas las normativas que resguardan el derecho a la salud y también las recomendaciones de organismos internacionales que aconsejan y advierten la necesidad imperiosa de contar con un aumento de infraestructura hospitalaria.”

“La propia OMS alienta a los países a expandir la capacidad de la red de salud, inclusive creando sitios alternativos de atención médica” explica Liveratori, agregando que de acuerdo con esto el gobierno de la Ciudad “ha habilitado a ciertos hoteles de la Ciudad para aislar a pacientes asintomáticos o con síntomas leves que tengan el resultado positivo por COVID-19, en cada hotel funciona una guardia médica, psicológica y se cuenta con personal de enfermería las 24 horas, es decir el GCBA ha decidido transformar once hoteles de la Ciudad en Centros de Atención Médica para pacientes leve pero se estaría negando a habilitar un Hospital.”

El gobierno de Larreta se está negando la apertura de un hospital que para la jueza de la causa es un “establecimiento concebido y destinado para la atención y asistencia a enfermos por medio de personal médico, enfermería, personal auxiliar y de servicios técnicos durante 24 horas, 365 días del año y disponiendo de tecnología, aparatología, instrumental y farmacología adecuadas, ello a diferencia de los hoteles - que si bien hoy son utilizados a tales efectos- han sido edificios planificados y acondicionados para otorgar servicios de alojamiento a las personas.”

El gasto público en salud es una inversión social prioritaria

A todo lo expuesto hasta aquí, Liberatori quiere destacar y dejar en claro el concepto de que “el gasto público en salud es una inversión social prioritaria, de acuerdo a la Constitución de la Ciudad, y hoy con más razón en el marco de crisis por la pandemia del COVID.” La Jueza le remarca a Larreta que debe tomar el ejemplo del Gobierno Nacional, que ha concebido “la finalización de “12 Hospitales Modulares de Emergencia con una inversión de $1.894 millones, estas unidades se anexaron en los terrenos dependientes de las Unidades de Pronta Atención (UPA), que se encuentran en áreas de alta concentración demográfica y están equipadas con salas de atención primaria, de guardia, shock room, laboratorios de análisis clínicos, consultorios y áreas de diagnósticos por imágenes.”

No sólo le señala el camino tomado por el Gobierno de Alberto Fernández sino que avanza explicando la metodología empleada de construcción en seco y su realización de manera simultánea en turnos rotativos de 24 horas, “permitió que en menos de dos meses se encuentren casi listo para su uso sanitario. Estas unidades permiten sumar 840 camas de terapia e internación, funcionarán las 24 horas, contarán con un equipo de 100 trabajadores y trabajadoras de la salud por cada hospital y, una vez que finalice la pandemia, quedarán para el uso de la comunidad”

De esta manera la Jueza le remarca a Horacio Rodríguez Larreta que lo hecho en la Provincia de Buenos Aires “sin lugar a dudas y dado el aumento de casos debiera replicarse en la CABA, razones de peso que abonan la decisión de que no DEBE suspenderse los pasos hacia la puesta en marcha de un hospital en el contexto crítico actual que es cuando más se necesita. “

Finalizando la jueza deja bien en claro que por todo lo indicado “resulta oportuno en el caso, no descuidar la tutela de la salud pública la cual se ve acrecentada por la urgencia y necesidad del caso, debiendo negarse el pedido de suspensión de plazos en la ejecución de sentencia que condenara al GCBA a la construcción del Hospital.” Muy por el contrario al pedido del Gobierno Porteño de cajonear la construcción del Hospital, la jueza exige “que la intervención del Gobierno sea imperativa e inmediata en orden a cumplir con el fin de garantía de este bien que es la salud colectiva, y en este caso, de una Comuna donde el flagelo impera.”

El escrito de la Jueza Liberatori termina exhortando “al GCBA, a que en virtud de la crisis sanitaria producida por la pandemia del COVID-19, se abstenga de manifestar ante este tribunal, conductas abiertamente obstruccionistas que revelan” la “falta de voluntad política de cumplir” (...) “con las circunstancias de pandemia, y en consecuencia, cumpla plenamente con la sentencia a fin de que a la brevedad esté funcionando el hospital de Lugano.”

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