DESREGULACIÓN FRENADA

La Procuración frena la desregulación farmacéutica de Sturzenegger y respalda la cautelar del SAFYB

La Procuración General de la Nación dictaminó que corresponde declarar formalmente inadmisible el recurso extraordinario presentado por el Gobierno contra la suspensión de artículos del DNU 70/2023.

La Procuración frena la desregulación farmacéutica de Sturzenegger y respalda la cautelar del SAFYB

Osvaldo Peralta // Viernes 18 de septiembre de 2026 | 06:07

La Procuración cuestiona el avance de la desregulación farmacéutica

El pronunciamiento mantiene vigente, por ahora, la protección judicial que preserva las exigencias de dirección técnica farmacéutica en farmacias, droguerías y herboristerías.

El proyecto de flexibilización de la actividad farmacéutica impulsado por Federico Sturzenegger volvió a encontrar un límite en los tribunales. La Procuración General de la Nación dictaminó que corresponde declarar formalmente inadmisible el recurso extraordinario presentado por el Estado nacional contra la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

El expediente, identificado como CNT 59/2024/CS1, corresponde a la causa «Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos SAFYB c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ acción de amparo». La presentación fue impulsada por el sindicato conducido por Marcelo Peretta, que cuestionó las modificaciones introducidas por el DNU 70/2023.

El dictamen no resuelve definitivamente la controversia sobre la validez de las reformas. Sin embargo, sostiene la continuidad de la protección cautelar mientras avanza la discusión judicial.

 

Qué modificaciones impulsaba el Gobierno de Milei

Los artículos 319, 320 y 321 del DNU 70/2023 modificaron aspectos de la Ley 17.565, vinculados con la organización y el funcionamiento de establecimientos farmacéuticos.

Entre los cambios cuestionados se encontraba la posibilidad de que un mismo farmacéutico ejerciera como director técnico en más de una farmacia. También se contemplaba la flexibilización de las condiciones de funcionamiento durante las ausencias del profesional responsable y modificaciones en las exigencias aplicables a las herboristerías.

La medida cautelar suspendió la aplicación de esas disposiciones, preservando las exigencias profesionales que regían antes de la reforma en los aspectos alcanzados por la decisión judicial.

 

La dirección técnica y la responsabilidad profesional

Mientras continúe vigente la cautelar, se mantienen las exigencias de contar con un director técnico farmacéutico en los establecimientos alcanzados. También permanecen las reglas vinculadas con la responsabilidad profesional, las ausencias temporarias y las sanciones por incumplimiento.

El debate no se limita a una cuestión administrativa. La dirección técnica está relacionada con la responsabilidad profesional sobre la calidad, conservación y dispensación de medicamentos.

El SAFYB sostiene que reducir esas exigencias podría debilitar las garantías sanitarias y afectar las condiciones laborales de los profesionales del sector. Esta es la posición expresada por el sindicato, no una conclusión definitiva establecida por el dictamen de la Procuración.

 

El argumento judicial que dejó en pie la cautelar

La Procuración consideró que la resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo no constituía una sentencia definitiva a los efectos del recurso extraordinario. Además, señaló que el Estado no había demostrado un perjuicio de imposible o insuficiente reparación que justificara la intervención de la Corte en esa instancia.

El criterio procesal resulta relevante: el Gobierno buscaba revertir la suspensión de las modificaciones, pero el dictamen sostiene que el recurso no cumple con los requisitos formales para avanzar por la vía extraordinaria.

Por lo tanto, la cautelar continúa produciendo efectos y las normas suspendidas no recuperan su aplicación por esta vía.

 

SAFYB: «Los medicamentos no pueden quedar librados a una lógica puramente comercial»

Desde el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos celebraron el dictamen como un respaldo a su reclamo contra la desregulación promovida por el Gobierno.

Marcelo Peretta sostuvo que la organización no solamente defendió los puestos de trabajo, sino también el principio de que los medicamentos no deben quedar sujetos exclusivamente a una lógica comercial.

El sindicato considera que la presencia de un profesional farmacéutico responsable constituye una garantía sanitaria y no una formalidad burocrática. Su planteo vincula la regulación del sector con la seguridad de los pacientes y la responsabilidad profesional.

La posición del SAFYB pone en discusión el criterio de que la apertura comercial y la reducción de exigencias regulatorias sean suficientes para mejorar el funcionamiento del mercado farmacéutico.

 

Una disputa que todavía no terminó

El dictamen de la Procuración no representa una sentencia definitiva sobre la constitucionalidad de las modificaciones del DNU 70/2023. La controversia judicial continúa y deberá resolverse en las instancias correspondientes.

Por ahora, el Gobierno no logra revertir por la vía extraordinaria la protección cautelar que mantiene las exigencias de dirección técnica farmacéutica.

La disputa deja expuesta una tensión central: hasta dónde pueden avanzar las políticas de desregulación sobre las responsabilidades profesionales y las garantías vinculadas con la salud pública. La respuesta definitiva dependerá del desarrollo del proceso judicial.

 

Fuentes

Ministerio Público Fiscal de la Nación. (2026, 10 de septiembre). Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos - SAFYB (2) c/ Poder Ejecutivo Nacional s/ acción de amparo. Buscador de dictámenes.

El Zonda. (2026, 15 de septiembre). La Procuración objetó el recurso oficial sobre farmacias y sigue la cautelar.

Diario Textual. (2026, 17 de septiembre). Otra derrota judicial para Sturzenegger: no se puede desregular la actividad farmacéutica.

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