Y en caba?

Cierran Berlín: "restricción de la libertad de movimiento por un radio de 15 kilómetros a todos sus habitantes"

Por el aumento de los contagios en la capital alemana se aplicará la restricción de circulación a sólo 15 kilómetros alrededor del lugar de residencia mientras que en la Ciudad de Buenos Aires no se toman medidas al respecto.

Cierran Berlín:

Martes 12 de enero de 2021 | 11:25

(Por Walter Onorato - @walteronorato) Uno de los faros utilizado constantemente como ejemplo por la derecha argentina, en especial los conservadores de Cambiemos, es Alemania y su Primer Ministra Angela Merkel. Interesante será ver en las próximas horas como los medios hegemónicos harán para ocultar la información que en la ciudad capital alemana se implementará la restricción de la libertad de movimiento por un radio de 15 kilómetros a todos sus habitantes.

Es que el pasado domingo la ciudad de Berlín volvió a superar el límite de incidencia de 200 casos por cada cien mil habitantes. Por este motivo la Primer Ministro Angela Merkel había establecido restringir la libertad de circulación a sólo 15 kilómetros alrededor del lugar de residencia, en aquellos lugares donde se supere la mencionada tasa de incidencia.

Según el diario “De Tagesspiegel”, el valor de incidencia en Berlín es de 212,6 infecciones por cada 100.000 personas en los últimos siete días y se esperaba la aprobación del Senado alemán para aplicar la restricción de circulación.

La misma fuente informó que el Senado de Berlín ya dió su aprobación para aplicar la regla de los 15 kilómetros, por lo que Berlín implementará la restricción de la libertad de movimiento. Esta restricción ya fue aplicada el viernes pasado en la ciudad de Brandeburgo.

La ciudad de Berlín cuenta con 3.645 millones de habitantes, un poco más de los 3.075 millones de habitantes que tiene la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, el jefe de Gobierno Porteño ha tomado una decisión contraria a los alemanes.

Si bien, por medio de un decreto, Horacio Rodriguez Larreta, estableció sólo dos medidas restrictivas pero nada respecto a la circulación. La primera medida indica que “los establecimientos gastronómicos y/o las actividades gastronómicas, recreativas, culturales y deportivas, los eventos culturales, recreativos y artes escénicas, no podrán efectuarse en la franja horaria de 01.00 a 06.00 hs.”

La segunda se refiere a que “el desarrollo de reuniones sociales en espacios públicos o privados, se encuentra limitado a una concurrencia de hasta diez (10) personas manteniendo entre ellas una distancia mínima de DOS (2) metros, uso de tapabocas y estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades.”

EL DECRETO DEL JEFE DE GOBIERNO

Decreto de Restricción Ck_PE DEC AJG AJG 21-21-6032 by EnOrsai.com.ar on Scribd

 

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