Se tuvo en cuenta que hay ciertos derechos como la accesibilidad a los servicios públicos elementales que deben ser garantizados.
Lunes 21 de mayo de 2018 | 15:31
El titular del Juzgado Federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, declaró admisible el proceso colectivo presentado por la Asociación de Consumidores Argentinos que cuestionaba el último aumento tarifario de gas y dispuso su inscripción en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Asimismo, entre las diversas medidas que se adoptaron, se ordenó a las empresas prestatarias del servicio público de gas de todo el país suspender los cortes de servicio por falta de pago.
Para ello, se tuvo en cuenta que más allá del modelo de Estado que se proponga por quienes llevan adelante las políticas públicas, hay ciertos derechos como la accesibilidad a los servicios públicos elementales que deben ser garantizados, como es el caso del servicio de gas natural.
DESESPERACIÓN EN ROQUE PÉREZ:
— En Orsai (@EnOrsai) 21 de mayo de 2018
De la empresa que cerró dependen 3 mil personas, un cuarto de la poblaciónhttps://t.co/oupr7RCGXg pic.twitter.com/Nd0t3LTYjh
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