El máximo tribunal penal del país desestimó los recursos extraordinarios deducidos por las defensas de los imputados en la mega causa conocida como ESMA UNIFICADA en las que fueron condenados por las privaciones ilegales de la libertad, la imposición de tormentos, homicidios, apropiaciones y abuso sexuales cometidos en ese centro clandestino durante la última dictadura cívico-militar
Gacetilla de prensa // Lunes 18 de septiembre de 2023 | 17:01
ESMA: CONFIRMAN LAS CONDENAS A PRISIÓN PERPETUA DEL “TIGRE” ACOSTA Y DE OTROS 39 REPRESORES CONTRA LOS DELITOS COMETIDOS EN PERJUICIO DE 800 VÍCTIMAS
La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Guillermo J. Yacobucci, Angela Ledesma y Alejandro Slokar, declaró inadmisibles los veintinueve recursos extraordinarios federales interpuestos por las defensas de los represores contra la sentencia del 15 de mayo de este año de esa misma Sala en la que se confirmaban, entre otras, las condenas a prisión perpetua impuestas a 25 imputados, entre ellos al “Tigre” Acosta que fue condenado como coautor del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de Graciela Beatriz García Romero quien había participado en la audiencia llevada a cabo en casación pidiendo la condena del represor.
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Al desestimar el recurso federal de la defensa, también se confirmó la condena a prisión perpetua impuesta a Alejandro D’Agostino, piloto del “vuelos de la muerte” que llevó en la aeronave “Skyvan” a las víctimas conocidas como el Grupo de la Iglesia de la Santa Cruz, entra las que se encontraban las monjas francesas Alice Domon y Léonie Duquet.
Con relación a Víctor Olivera y Jorge Luis Magnacco que habían sido condenados por nuevos hechos en la instancia casatoria deberá intervenir otra Sala de Casación para revisar esa nueva condena por el fallo “Duarte” de la CSJN.
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Por su parte, en minoría, el juez Slokar entendió que correspondía conceder los recursos del Fiscal Raúl O. Pleé y las querellas contra la decisión dictada en mayo por esa Sala –sin su intervención- que, entre otros puntos, había confirmado las absoluciones de los demás pilotos Emir Sisul Hess, Rubén Ricardo Ormello y Julio Alberto Poch.
Al acceder a los recursos de los acusadores Slokar sostuvo que “no sólo la resolución impugnada resulta ser una sentencia definitiva, sino que los recurrentes han invocado la concurrencia de una cuestión de naturaleza federal (Fallos: 320:2841) y la arbitrariedad del pronunciamiento criticado (Fallos: 299:17; 308:1557; 328:1874 y 329:5323)”.
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Así “a la luz de la doctrina sentada en forma inveterada por el tribunal cimero in re “Simon” (Fallos: 328:2056) y “Mazzeo” (Fallos: 330:3248), entre tantos otros; y oídas que fueron las partes al contestar los traslados conferidos, corresponde habilitar las vías extraordinarias intentadas por los acusadores…”.
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— Tano (@productortano) September 17, 2023
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