En Orsai • Noticias, Política y Economía Argentina • Conurbano Bonaerense

LEY DE MEDIOS

“La concentración perjudica la pluralidad de opiniones"

La Corte Suprema de Justicia declaró constitucional la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Así, la iniciativa entrará en plena vigencia a cuatro años de su sanción en el Congreso.

“La concentración perjudica la pluralidad de opiniones

Martes 29 de octubre de 2013 | 17:35

 

FALLO
“La concentración perjudica la pluralidad de opiniones"
a Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró constitucional la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que implica que la norma entrará en plena vigencia luego de cuatro años de su sanción en el Congreso de la Nación.
Entre los aspectos clave, los jueces se refirieron a la libertad de expresión. A pesar de los abundantes argumentos del Grupo Clarín en torno a este aspecto en su reclamo por la inconstitucionalidad de la norma, el fallo asegura que con la aplicación de la ley "no se encuentra afectado el derecho a la libertad de expresión", sino todo lo contrario.
"En este contexto constitucional, es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado", sostiene el fallo.
Además explica que "en la medida en que las ideas y la información constituyen bienes que se difunden a través de los medios de comunicación, si hay concentración, sólo algunas ideas o algunas informaciones llegarán al pueblo, perjudicando seriamente el debate público y la pluralidad de opiniones".
El fallo afirma que "no se ha probado que, al momento del dictado de la sentencia, exista una afectación actual de la libertad de expresión", por lo que "la ley es coherente con el derecho de los consumidores a la información (Art 42 CN) lo que significa el acceso a distintas fuentes plurales".
A pesar de la victimización del grupo liderado por Héctor Magnetto, los jueces afirmaron que "la ley 26.522 emanada del Congreso no establece reglas dirigidas a afectar a un sujeto y no a otros" y determinaron que "no ha sido acreditado que el régimen de licencias que establece la ley ponga en riesgo su sustentabilidad económica (del Grupo Clarín)".
Asimismo, la Corte se refirió a los plazos para ese proceso y dictaminó que "el artículo 161, cuyo plazo de encuentra vencido, es constitucional".
El 7 de diciembre del año pasado venció el plazo para la presentación del plan de desinversión que determinó el AFSCA. Para ese entonces, el Grupo Clarín presentó una nueva medida cautelar y evitó comenzar a adecuarse a la ley.
Ante la inminencia del fallo de la Corte, se especulaba con una extensión de este plazo para el monopolio mediático. Sin embargo, que el plazo esté vencido implica que desde el 7 de diciembre, Clarín se encuentra por fuera de la ley.
Por otra parte, el texto se refiere a la desinversión: “El modo de proteger estas licencias es la indemnización pecuniaria, pero de ningún modo implica que la ley no pueda ser aplicada".

Sobre la libertad de expresión, en contra de los argumentos declamados por el Grupo Clarín respecto a la supuesta inconstitucionalidad de la norma, el fallo asegura que con la aplicación de la ley "no se encuentra afectado el derecho a la libertad de expresión", sino todo lo contrario.

 

"En este contexto constitucional, es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado", sostiene el fallo.

 

Además explica que "en la medida en que las ideas y la información constituyen bienes que se difunden a través de los medios de comunicación, si hay concentración, sólo algunas ideas o algunas informaciones llegarán al pueblo, perjudicando seriamente el debate público y la pluralidad de opiniones".

 

El fallo afirma que "no se ha probado que, al momento del dictado de la sentencia, exista una afectación actual de la libertad de expresión", por lo que "la ley es coherente con el derecho de los consumidores a la información (Art 42 CN) lo que significa el acceso a distintas fuentes plurales".

 

Los jueces afirmaron que "la ley 26.522 emanada del Congreso no establece reglas dirigidas a afectar a un sujeto y no a otros" y determinaron que "no ha sido acreditado que el régimen de licencias que establece la ley ponga en riesgo su sustentabilidad económica (del Grupo Clarín)".

 

Asimismo, la Corte se refirió a los plazos para ese proceso y dictaminó que "el artículo 161, cuyo plazo de encuentra vencido, es constitucional".

 

El 7 de diciembre del año pasado venció el plazo para la presentación del plan de desinversión que determinó el AFSCA. Para ese entonces, el Grupo Clarín presentó una nueva medida cautelar y evitó comenzar a adecuarse a la ley.

 

Al respecto, el titular del Afsca, Martín Sabbatella, explicó que "los plazos de Clarín están vencidos" y la adecuación comenzará inmediatamente de forma voluntaria o de oficio.

 

Por otra parte, el texto se refiere a la desinversión: “El modo de proteger estas licencias es la indemnización pecuniaria, pero de ningún modo implica que la ley no pueda ser aplicada".

Comparte en Facebook Comparte en Twitter Comparte en Google+ Enviar a un amigo Imprimir esta nota
'); printWindow.document.write(divContents); printWindow.document.write(''); printWindow.document.close(); printWindow.print(); } $(document).ready(function(){ $(".print").click(function(evt){ evt.preventDefault(); print(); }); $(".mail").popupWindow({resizable:false, height:175, width:250, top:200, left:450}); $(".btnShare").popupWindow({resizable:false, height:600, width:800}); $("[src*='https://www.youtube.com']").addClass("ytb-embed"); });
FIN DEL RELATO LIBERTARIO

La city en alerta por el "plan platita" de Milei: Gorodisch reveló la millonaria emisión oculta del Gobierno

El reconocido periodista de finanzas Mariano Gorodisch reveló la trampa oculta detrás de los pasivos del Banco Central. Los mecanismos de emisión indirecta que configuran el nuevo "plan platita" de Milei y el temor de los operadores financieros por el impacto residual…

EDITORIAL

Diego Genoud desnudó la trama de los funcionarios beneficiados por la "Inocencia Fiscal" y el despertar de una fuerza plebeya

En un durísimo análisis, el periodista detalló la larga lista de integrantes del Gobierno —como Sturzenegger, Espert y el titular de ARCA— que se subieron al paraguas fiscal de Caputo. Frente al desplome industrial del INDEC, Genoud analizó la masiva e incómoda irrupción popular callejera tras la muerte del Indio Solari como el síntoma de un modelo agotado.

RADIOGRAFÍA DE LA CRISIS

Gustavo Córdoba desnudó el quiebre del humor social: "El Gobierno perdió el control de la agenda y el relato ya no tapa el ajuste"

En una profunda entrevista con Eduardo Aliverti, el prestigioso consultor político analizó la caída vertical en la imagen de Javier Milei. Advirtió que la tolerancia social entró en una fase de vértigo, que dos de cada tres argentinos desaprueban la gestión y que el impacto económico licuó definitivamente el discurso de la "herencia recibida".

HOY
RADIOGRAFÍA DE LA CRISIS

Gustavo Córdoba desnudó el quiebre del humor social: "El Gobierno perdió el control de la agenda y el relato ya no tapa el ajuste"

En una profunda entrevista con Eduardo Aliverti, el prestigioso consultor político analizó la caída vertical en la imagen de Javier Milei. Advirtió que la tolerancia social entró en una fase de vértigo, que dos de cada tres argentinos desaprueban la gestión y que el impacto económico licuó definitivamente el discurso de la "herencia recibida".