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Otro engaño: Milei publicó el decreto para el supuesto aumento de jubilaciones

Finalmente, la nueva ley entrará en vigencia plenamente en julio y no en abril, mientras que durante el próximo trimestre habrá un puente que incluirá un incremento extraordinario.

Otro engaño: Milei publicó el decreto para el supuesto aumento de jubilaciones

Por El Destape // Lunes 25 de marzo de 2024 | 09:15

El gobierno de Javier Milei dispuso modificar por decreto la fórmula de movilidad jubilatoria, estableciendo que desde julio los haberes se actualizarán por inflación, y que en los meses previos, los jubilados percibirán adelantos a cuenta del cobro de junio, mientras que en abril se otorgará un incremento extraordinario del 12,5%.

Los cambios en la movilidad jubilatoria quedaron oficializados a través del DNU 274/2024 publicado este lunes en el Boletín Oficial, donde se argumentó que “con el objeto de dar respuesta de forma rápida y eficaz a la acuciante realidad que enfrentan los adultos mayores de la República Argentina, el Estado Nacional ha tomado la determinación de modificar la actual fórmula de movilidad a fin de garantizar que nunca más los haberes de los jubilados perderán contra la inflación”.

A partir de dicha premisa, el Ejecutivo consideró que “es necesario establecer una nueva pauta de movilidad basada en la actualización mensual de los haberes de acuerdo con las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC)”.

Para esto, se tomará para cada mes el último índice de inflación del Indec conocido, que corresponde "al mes previo al mes anterior al del pago de la movilidad". Por ejemplo, "en julio de 2024 se abonará la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a mayo de 2024. En agosto se abonará la variación correspondiente a junio, y así sucesivamente", señaló el anexo del decreto.

Asimismo, sostuvo que “el cambio de componentes de la fórmula y su actualización mensual permitirán la implementación de una política eficiente de la seguridad social que considere el índice de costo de vida, logrando la plena efectividad de los derechos de la sociedad conforme el máximo de los recursos de que se disponga, de conformidad con las normas internacionales en la materia”.

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