TODO ARMADO

El poder judicial ratificó que las detenciones del Paro de Mujeres fueron al voleo

El juez sobreseyó a las y los manifestantes que estaban imputados: confirmó que no hay pruebas para relacionarlos con los delitos de los que se les acusaba. Se trató de los primeros en los que se otorgó rienda suelta a las detenciones arbitrarias.

Foto: David Kurlat

Foto: David Kurlat


Por el CELS // Viernes 16 de febrero de 2018 | 09:34

El 8 de marzo de 2017, durante la manifestación con la que culminó el Paro Internacional de Mujeres, quince mujeres y cinco varones fueron detenidos de manera arbitraria, en un operativo represivo conjunto de las policías Federal y de la Ciudad que tuvo características que en los meses siguientes se harían frecuentes como las detenciones al voleo, la presencia de efectivos de civil y el uso desproporcionado, irregular e ilegal de la fuerza, entre otras.

Esa noche, una vez que la movilización se había desconcentrado hubo una cacería policial. Las mujeres fueron detenidas con violencia y luego, requisadas de manera vejatoria. Los veinte detenidos quedaron imputados con diferentes figuras como atentado, resistencia a la autoridad y lesiones. Se les inició una causa penal con el argumento de que habían agredido a integrantes de las fuerzas de seguridad y provocado destrozos en la zona de la Plaza de Mayo, aunque, como se supo en el primer momento, muchas de esas personas ni siquiera estaban en las cercanías de la plaza cuando fueron detenidas.

El jueves 8 de febrero, once meses después, fueron sobreseídos por el juez Osvaldo Rappa, a cargo de la causa. El juez consideró que “en cuanto a las detenciones efectuadas por los nombrados y la participación en los eventos que se les endilga a los encausados en el presente legajo, no se cuenta para el caso con elementos de convicción que permitan vincular a estas personas con dichos eventos”. Esta decisión ratifica lo que los manifestantes y numerosas organizaciones señalamos al día siguiente de la represión: la policía detuvo a personas al voleo, por el solo hecho de participar de una marcha o de pasar por las calles en las que la marcha ocurría.

Al mismo tiempo, hay que señalar que durante los once meses en los que las y los manifestantes estuvieron criminalizados, poco hizo el Poder Judicial para investigar las responsabilidades de los policías y de las autoridades en los hechos de violencia policial.

El CELS ejerce la defensa de Laura Arnes, Agostina Invernizzi y Natalia Milduberger en las causas armadas en su contra y la querella contra la policía por las detenciones arbitrarias y las requisas vejatorias.

 

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