FATE

Siempre a favor de las empresas: la Justicia lleva a juicio a 24 trabajadores por la ocupación de la planta

La Justicia de San Isidro elevó a juicio oral y público a 24 trabajadores de FATE, entre ellos el secretario general del SUTNA, Alejandro Crespo. La causa los acusa por turbación de la posesión y daños, mientras la defensa sostiene que se criminaliza una protesta vinculada al cierre de la fábrica y la pérdida de puestos de trabajo.

Siempre a favor de las empresas: la Justicia lleva a juicio a 24 trabajadores por la ocupación de la planta

Sofía Arregui // Jueves 08 de octubre de 2026 | 07:21

FATE lleva a 24 trabajadores a juicio

El conflicto de FATE sumó un nuevo capítulo judicial. El Juzgado de Garantías N°4 de San Isidro, a cargo de Esteban Rossignoli, resolvió elevar a juicio oral y público la causa contra 24 trabajadores de la empresa, entre ellos Alejandro Crespo, secretario general del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA), dirigentes de la seccional San Fernando, delegados y trabajadores de base.

La acusación se vincula con la ocupación de la planta de Virreyes, en el partido de San Fernando, iniciada después de que FATE anunciara el cierre definitivo de sus operaciones el 18 de febrero de 2026. La empresa comunicó entonces el cese de actividades y la desvinculación de 920 trabajadores.

El expediente penal encuadra los hechos en los delitos de turbación de la posesión y daños. Según la reconstrucción fiscal difundida durante el conflicto, los trabajadores habrían ingresado al establecimiento mediante violencia y permanecido dentro del predio pese al pedido de retiro.

Pero la disputa judicial está lejos de ser lineal. Lo que hoy aparece como una causa penal contra 24 trabajadores ya había provocado decisiones contradictorias dentro de la propia Justicia de San Isidro.

 

Un conflicto laboral que terminó en la Justicia penal

En marzo, la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro había revocado una primera orden de desalojo. En aquella resolución, los camaristas consideraron prematura la intervención cautelar penal mientras continuaban las instancias de conciliación y negociación entre las partes.

El tribunal había caracterizado entonces la situación como un conflicto laboral y señaló que la huelga constituye un medio de acción directa reconocido constitucionalmente. Al mismo tiempo, reconoció que también estaba involucrado el derecho de propiedad, dejando pendiente la resolución sobre el fondo de la disputa.

Meses después, el escenario volvió a cambiar. En septiembre, la Sala 2 de la Cámara de Apelaciones y Garantías de San Isidro ordenó restituir el inmueble a sus propietarios, luego de considerar agotadas las instancias de conciliación administrativa y judicial sin que se alcanzara una solución. El tribunal aclaró que esa decisión no implicaba resolver el fondo del conflicto laboral.

La orden tampoco quedó firme. El 30 de septiembre, la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro concedió un recurso de casación presentado por el SUTNA y suspendió provisoriamente el desalojo. El expediente pasó así al Tribunal de Casación Penal bonaerense.

Ahora, mientras todavía continúa esa disputa sobre la permanencia en el predio, la causa penal avanza hacia un juicio oral contra los trabajadores imputados.

 

El origen: cierre de FATE y 920 trabajadores desvinculados

El conflicto comenzó el 18 de febrero, cuando FATE comunicó el cierre definitivo de su planta de Virreyes después de más de ocho décadas de actividad. La empresa atribuyó la decisión a cambios en las condiciones de mercado, pérdida de competitividad y caída de la demanda, además de mencionar el avance de las importaciones.

La compañía sostuvo que había agotado las alternativas para revertir una situación de crisis económica y productiva. Los telegramas enviados a los trabajadores comunicaron la extinción de los contratos sin invocación de justa causa y señalaron que las indemnizaciones legales y los haberes pendientes serían depositados dentro del plazo correspondiente.

El cierre ocurrió, además, en un contexto de apertura comercial y aumento de las importaciones de neumáticos. La situación fue vinculada por distintos medios con las políticas económicas del Gobierno de Javier Milei, aunque la propia empresa explicó oficialmente su decisión mediante la referencia general a las condiciones del mercado.

Desde el SUTNA, en cambio, la lectura fue sustancialmente diferente. El gremio definió el cierre como un lockout patronal y sostuvo que la ocupación constituyó una medida de acción directa destinada a defender los puestos de trabajo.

 

La defensa denuncia criminalización de la protesta

La defensa de los trabajadores cuestionó la elevación a juicio y sostuvo que la decisión judicial implica una atribución de responsabilidad que no se corresponde con las garantías constitucionales. Según la posición difundida por el gremio, los trabajadores estaban ejerciendo el derecho de huelga y reclamando la continuidad de los puestos de trabajo frente al cierre de la planta.

Crespo sostuvo que la causa representa una persecución judicial contra quienes participaron del conflicto y cuestionó que la Justicia penal intervenga sobre una controversia que, según la defensa, ya tramita en ámbitos laborales y administrativos.

La representación de los trabajadores también sostiene que el conflicto debe resolverse en los fueros laborales y no mediante la utilización del derecho penal como mecanismo de presión. Esa interpretación coincide con el criterio que la Cámara había expresado en marzo al advertir que la intervención penal resultaba prematura mientras permanecían abiertas las instancias de negociación.

La empresa, por su parte, reclama la restitución del inmueble y considera ilegítima la permanencia de los trabajadores en una propiedad privada. En septiembre, su representación presentó además documentación contable ante ARCA con la que afirmó que 900 trabajadores habían aceptado bajas voluntarias entre febrero y mayo y que 196 habían quedado formalmente despedidos.

 

Una causa que excede las paredes de FATE

El expediente contra los 24 trabajadores no puede separarse del conflicto que lo originó. La discusión judicial sobre la ocupación se superpone con una disputa laboral todavía inconclusa, atravesada por el cierre de una planta industrial, la pérdida de cientos de puestos de trabajo y reclamos sindicales sobre salarios e indemnizaciones.

La secuencia judicial muestra, además, que no existe hasta ahora una única lectura sobre la naturaleza del conflicto. Mientras una resolución de marzo destacó su carácter laboral y el derecho constitucional de huelga, otra decisión posterior ordenó restituir el inmueble, aunque expresamente aclaró que no resolvía la cuestión laboral de fondo.

La elevación a juicio introduce ahora una nueva dimensión: 24 trabajadores deberán afrontar una instancia penal por hechos ocurridos en el marco de una disputa por la continuidad de la fábrica. La defensa anunció que apelará y solicitará el sobreseimiento de los imputados.

El desenlace judicial será relevante no sólo para Crespo y los otros trabajadores procesados. También pondrá a prueba hasta dónde puede avanzar la respuesta penal frente a una protesta colectiva cuando el conflicto que la origina continúa atravesando, simultáneamente, los canales propios del derecho laboral.

 

Fuentes

InfoGremiales. (2026, 8 de octubre). La Justicia de San Isidro elevó a juicio oral y público a Crespo y otros 23 trabajadores de FATE por la ocupación de la planta.

La Nación. (2026, 30 de septiembre). La Justicia suspendió el desalojo de FATE y el gremio exige pagos adeudados.

Agencia Noticias Argentinas. (2026, 18 de septiembre). FATE: la Justicia ordenó el desalojo de la planta.

InfoBAN. (2026, 9 de marzo). Fallo judicial favoreció a trabajadores despedidos de FATE.

TN. (2026, 18 de febrero). El comunicado completo de Fate para anunciar el cierre de la fábrica de neumáticos.

La Nación. (2026, 18 de febrero). En crisis, cierra la histórica fábrica de Fate y 920 trabajadores perderán su empleo.

La Nación. (2026, 19 de febrero). Cierre de Fate: qué dice el telegrama de despido de los 920 trabajadores.

Tiempo Argentino. (2026, 29 de septiembre). Revés para Madanes: la justicia resolvió suspender el pedido de desalojo de FATE.

Canal Abierto. (2026, 30 de septiembre/1 de octubre). FATE: Sin desalojo, pero también sin solución.

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