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MAL DESEMPEÑO

El ciudadano ilustre PRO seguirá suspendido

Pocos días después de que el PRO lo declarara ciudadano ilustre, la Cámara en lo Contencioso Administrativo rechazó un pedido del fiscal Campagnoli contra el fallo que lo había suspendido.

El ciudadano ilustre PRO seguirá suspendido

Andrés Brown - Redacción En Orsai // Martes 10 de junio de 2014 | 14:00

No ha quedado desvirtuado el fundamento central que obsta al conocimiento judicial actual de la suspensión en el ejercicio de las funciones que motiva la presente acción de amparo

 

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el amparo que presentó el fiscal suspendido José María Campagnoli, contra la resolución que dispuso su suspensión y lo envió a juicio político. El fiscal continuará suspendido en sus funciones durante todo el juicio político en su contra aunque recibirá su sueldo entero.
Los jueces de la sala III Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández, consideraron que la defensa de Campagnoli, ejercida por el ex diputado Ricardo Gil Lavedra, “pretende impugnar actos que no resuelven cuestión de fondo alguna propia de un proceso de enjuiciamiento político, sino que han sido emitidos durante su trámite por ante el Tribunal de Enjuiciamiento”.
También los jueces confirmaron la suspensión del fiscal porque explicaron que “no tiene carácter incriminatorio ni sancionatorio”, sino que “reviste naturaleza cautelar y es una decisión previa, no definitiva, dispuesta en el trámite de las actuaciones”, dijeron en la sentencia de 35 páginas a la que tuvo acceso Infojus Noticias.
Los magistrados aclararon que la suspensión de Campagnoli es una medida “dispuesta con carácter previo” por el tribunal de enjuciamiento y que recién después de la decisión final de este tribunal, se “podrá habilitar el conocimiento de la instancia judicial”. Es decir, la revisión de la sentencia del tribunal de enjuiciamiento ante el fuero contencioso administrativo federal tal como lo establece la ley mediante un “recurso judicial directo”.
“No ha quedado desvirtuado el fundamento central que obsta al conocimiento judicial actual de la suspensión en el ejercicio de las funciones que motiva la presente acción de amparo”, señaló sobre la apelación de la defensa de Camapagnoli.
Los jueces también rechazaron la apelación realizada por la Procuración General de la Nación contra la decisión de que se le recomponga el total del sueldo al fiscal suspendido Campagnoli. El Tribunal de Enjuiciamiento al suspenderlo le había embargado el 30 por ciento pero el juez Pablo Cayssials  ordenó que se le devuelva. Esto fue confirmado por la Cámara.
Una comisión evaluadora envió a Campagnoli a juicio político, a instancias de la procuradora general de la Nación Alejandra Gils Carbó, por modificar el objeto de la causa en la que Lázaro Báez pasó de denunciante a imputado.
Según la acusación contra el fiscal, esto equivale a violar a las reglas procesales. A partir de esta imputación Campagnoli denunció una persecución en su contra (por investigar a Báez) y pidió su restitución en el cargo. El juicio político se iniciará el próximo 16 de junio.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal rechazó el amparo que presentó el fiscal suspendido José María Campagnoli, contra la resolución que dispuso su suspensión y lo envió a juicio político. El fiscal continuará suspendido en sus funciones durante todo el juicio político en su contra aunque recibirá su sueldo entero.

 

Los jueces de la sala III Jorge Argento, Carlos Grecco y Sergio Fernández, consideraron que la defensa de Campagnoli, ejercida por el ex diputado Ricardo Gil Lavedra, “pretende impugnar actos que no resuelven cuestión de fondo alguna propia de un proceso de enjuiciamiento político, sino que han sido emitidos durante su trámite por ante el Tribunal de Enjuiciamiento”.

 

También los jueces confirmaron la suspensión del fiscal porque explicaron que “no tiene carácter incriminatorio ni sancionatorio”, sino que “reviste naturaleza cautelar y es una decisión previa, no definitiva, dispuesta en el trámite de las actuaciones”, dijeron en la sentencia de 35 páginas.

 

Los magistrados aclararon que la suspensión de Campagnoli es una medida “dispuesta con carácter previo” por el tribunal de enjuciamiento y que recién después de la decisión final de este tribunal, se “podrá habilitar el conocimiento de la instancia judicial”.

 

Es decir, la revisión de la sentencia del tribunal de enjuiciamiento ante el fuero contencioso administrativo federal tal como lo establece la ley mediante un “recurso judicial directo”.

 

No ha quedado desvirtuado el fundamento central que obsta al conocimiento judicial actual de la suspensión en el ejercicio de las funciones que motiva la presente acción de amparo”, señaló sobre la apelación de la defensa de Camapagnoli.

 

Los jueces también rechazaron la apelación realizada por la Procuración General de la Nación contra la decisión de que se le recomponga el total del sueldo al fiscal suspendido Campagnoli.

 

El Tribunal de Enjuiciamiento al suspenderlo le había embargado el 30 por ciento pero el juez Pablo Cayssials  ordenó que se le devuelva. Esto fue confirmado por la Cámara.Una comisión evaluadora envió a Campagnoli a juicio político, a instancias de la procuradora general de la Nación Alejandra Gils Carbó, por modificar el objeto de la causa en la que Lázaro Báez pasó de denunciante a imputado.

 

Según la acusación contra el fiscal, esto equivale a violar a las reglas procesales. A partir de esta imputación Campagnoli denunció una persecución en su contra (por investigar a Báez) y pidió su restitución en el cargo. El juicio político se iniciará el próximo 16 de junio.

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