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El gobierno volvió a tomar Deuda Externa renunciando a la soberanía del país

El Gobierno nacional autorizó a las secretarías de Hacienda y de Finanzas a colocar bonos públicos por esta suma y estableció jurisdicciones a favor de los tribunales estaduales y federales de Nueva York y Londres.

El gobierno volvió a tomar Deuda Externa renunciando a la soberanía del país

Lunes 15 de mayo de 2017 | 15:15

Autorizan emisión de bonos por hasta u$s 20.000 millones con renuncia a inmunidad soberana

Así fue comunicado con la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 334/2017, que lleva la firma de la vicepresidenta Gabriela Michetti, del jefe de Gabinete Marcos Peña y del ministro de Finanzas Luis Caputo.

Según los argumentos, la decisión responde a "una estrategia financiera integral y del programa financiero para el Ejercicio 2017" que "estima conveniente aprovechar ciertas circunstancias de los mercados financieros internacionales, a efectos de concertar operaciones de venta de títulos públicos y su recompra en una fecha posterior".

La norma habilita a las mencionadas secretarías a incluir "cláusulas que establezcan la prórroga de jurisdicción a favor de los tribunales estaduales y federales ubicados en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América y/o de los tribunales ubicados en la ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, y que dispongan la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, exclusivamente, respecto a reclamos que se pudieran producir en la jurisdicción que se prorrogue y con relación a dichos acuerdo".

De todas formas, el decreto aclara que "la renuncia a la inmunidad soberana" no implica "renuncia alguna respecto de la inmunidad con relación a la ejecución" de cualquier reserva del Banco Central, de cualquier bien público localizado en territorio argentino o que esté localizado en el país y que brinde un servicio público esencial, o los alcanzados por privilegios e inmunidad diplomática.

También quedan excluidos de la renuncia a la inmunidad soberana "efectivo, depósitos bancarios, valores, obligaciones de terceros o cualquier otro medio de pago de la Argentina, sus agencias gubernamentales y otras entidades gubernamentales relacionadas con la ejecución del presupuesto".

Además, se excluyen de la posibilidad de embargo por falta de pago de las obligaciones contraídas los bienes utilizados por misiones diplomáticas, consulares y gubernamentales, los de carácter militar o de agencias de Defensa, los que representen la herencia cultural de la Argentina y otros bienes protegidos por cualquier ley de inmunidad soberana que resulte aplicable.

Fuente: https://www.cronista.com

<blockquote class="twitter-tweet" data-lang="es"><p lang="es" dir="ltr">EN CAÍDA<br>Desde el sector bancario dicen que “El Gobierno vino a hacer más ricos a los ricos” <a href="https://t.co/WK0ppCle7P">https://t.co/WK0ppCle7P</a> <a href="https://t.co/KdiduYcBbq">pic.twitter.com/KdiduYcBbq</a></p>&mdash; En Orsai (@EnOrsai) <a href="https://twitter.com/EnOrsai/status/864102069984272384">15 de mayo de 2017</a></blockquote>
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Decreto 334/2017 by Luz De Sousa Quintas on Scribd

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