NORMATIVA

Para Garavano la Oficina Anticorrupción no es responsable de investigar delitos

El Ministro de Justicia y Derechos Humanos se refirió a la labor de la entidad encargada de controlar a los funcionarios públicos en sus actos de Gobierno. Pese a estar bajo su órbita el funcionario desconoció su verdadera rol.

Para Garavano la Oficina Anticorrupción no es responsable de investigar delitos

Miercoles 06 de abril de 2016 | 07:54

Los fiscales y los jueces que son los que tienen que investigar

Los funcionarios de Justicia y Seguridad, Germán Garavano y Patricia Bullrich, junto con el Jefe de Gabinete, Marcos Peña, presentaron escuetamente explicaciones sobre las cuentas offshore de Mauricio Macri.

Con la escalada del escándalo internacional, a lo integrantes del Gabinete no les quedó más remedio que volver a abordar el tema que involucra al Presidente por no haber declarado las empresas en los paraísos fiscales. Pero al ser consultado por la parcialidad de la titular de Oficina Anticorrupción (OA), Laura Alonso, en su defensa del presidente, Garavano desconoció por completo el verdadero objetivo de esas entidades.

Para el titular de la cartera de Justicia y que tiene bajo su órbita el funcionamiento de la OA, esa dependencia no es la responsable de investigar los casos de corrupción.

“Hay unas confusiones en relación al enfoque en relación a los delitos de corrupción, más allá de la tarea de la Oficina Anticorrupción existe la fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas. Existen los fiscales y los jueces que son los que tienen que investigar”, señaló Garavano.

En el mismo sentido, agregó que “una de las tareas centrales de la oficina anticorrupción tiene que ver con cambiar la matriz. Y lo que tiene que hacer es ver cómo se previenen la corrupción, cómo se generan conductas más éticas, cómo se evitan situaciones confusas como las que uno puede vivir dentro del Estado”.

Así le quitó toda la responsabilidad de investigar los casos donde los funcionarios cometan delitos en la función pública.

Sin embargo, dentro del artículo segundo del decreto 102/99 se establece que las competencias de la Oficinas es “recibir denuncias que hicieran particulares o agentes públicos que se relacionen con su objeto; Investigar preliminarmente a los agentes a los que se atribuya la comisión de alguno de los hechos indicados en el inciso anterior. En todos los supuestos, las investigaciones se realizarán por el solo impulso de la OFICINA ANTICORRUPCION y sin necesidad de que otra autoridad estatal lo disponga”. Así como también “constituirse en parte querellante en los procesos en que se encuentre afectado el patrimonio del Estado, dentro del ámbito de su competencia”.

Con la concepción con la que el principal responsable de la Oficina establece la lógica de funcionamiento, se desconoce el decreto vigente. Que fue modificado por Mauricio Macri para que Alonso pueda asumir en ese cargo.

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