El Senado de la Nación aprueba una serie de cambios significativos en la Ley de Impuesto a las Ganancias, abordando aspectos clave que afectarán a contribuyentes y sectores económicos. Las reformas incluyen ajustes en la compensación de resultados netos, excepciones para ganancias de inversiones y un nuevo régimen para mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones.
Viernes 29 de septiembre de 2023 | 14:51
El Senado de la Nación ha aprobado una serie de modificaciones sustanciales a la Ley de Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus posteriores enmiendas. Estas alteraciones abarcan un abanico de aspectos fundamentales de la normativa fiscal, con implicaciones significativas para diversos sectores económicos y contribuyentes.
Uno de los puntos centrales de estas reformas radica en la compensación de resultados netos dentro de diferentes categorías. Se destaca la excepción de ganancias provenientes de inversiones, incluyendo aquellas vinculadas a monedas digitales. Asimismo, se establece una clara restricción en la compensación de quebrantos impositivos con ganancias sujetas al impuesto con carácter único y definitivo, así como con aquellas comprendidas en los capítulos II y III del título IV de esta ley.
27.725
— Sergio Massa (@SergioMassa) September 29, 2023
YA ESTÁ FIRMADA
YA ES LEY#ElSalarioNoEsGananciahttps://t.co/zSWKjnjYXT
En lo que respecta a la determinación de remuneraciones brutas, se han introducido ajustes de relevancia. Se define la remuneración bruta como la suma total de todos los importes percibidos, sin incluir únicamente el sueldo anual complementario adicionado conforme al segundo párrafo del artículo 30.
Otro punto de inflexión en estas reformas se refiere a la implementación de un nuevo régimen de Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones. Este régimen establece categorías específicas de contribuyentes y condiciones particulares para la tributación de los ingresos que superen ciertos límites, incluyendo excepciones y disposiciones detalladas sobre su aplicación.
Es importante resaltar que estas modificaciones entrarán en vigor a partir del año fiscal 2024 y períodos subsiguientes. Para el año fiscal 2023, las disposiciones de la Ley de Impuestos a las Ganancias de 2019 y sus enmiendas aplicables a ese período mantendrán su vigencia.
Además, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Economía, asumirá la responsabilidad de definir las modalidades y plazos para la restitución de las sumas retenidas en exceso, en caso de corresponder. Este punto es de especial relevancia para garantizar la correcta aplicación de las reformas y evitar posibles perjuicios a los contribuyentes.
Estas reformas en la Ley de Impuesto a las Ganancias marcan un hito en el panorama fiscal del país, requiriendo una atenta consideración por parte de los distintos actores involucrados en el ámbito económico y tributario.